SEGURO
CLAUSULAS
COBERTURAS
CONDICIONES
GENERALES
CONDICIONES
GENERALES VALIDO PARA TODO EL EGIPTO CONTINENTAL,
EL CRUCERO Y SUS GASTOS ESTAN BASADOS EN 16 OCUPANTES
EN EL BARCO Y POR CADA PERSONA QUE NO LO REALICE SE
INCREMENTA EN 40 EUROS POR PERSONA. PUESTO QUE LA
RESERVA ES PARA BARCO COMPLETO EN OCUPACION COMPLETA.
el deposito del barco de buceo tiene que ser del 50
% del total, y el 50 % restante 20 dias entes de la
salida, el crucero no tiene reembolso posible.
A los efectos de las Condiciones Generales, el programa
es el documento informativo al que éstas se
incorporan. El programa/ofertas es la descripción
del viaje combinado contenida en el programa/folleto
que constituye el objeto del contrato del viaje combinado.
La información sobre el programa/ oferta contenida
en el programa/folleto es vinculante para el organizador
o detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Que los cambios en dicha información se
hayan comunicado claramente por escrito al consumidor
antes de la celebración del contrato y tal
posibilidad haya sido objeto de expresa mención
en el programa oferta.
b) Que se produzcan posteriormente modificaciones,
previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.
1. REGULACION JURIDICA APLICABLE al contrato de viaje
combinado y aceptación de las Condiciones Generales.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas
a lo dispuesto en la Ley 21/1995, de 6 de Julio, de
Viajes Combinados (B:O:E: :7-7-1995), la Ley 7-1998,
de 13 de Abril, sobre las Condiciones Generales de
la Contratación (14-4-98) y en Ley 26/1984m
de 19 de Julio, General para la Defensa de los Consumidores
y Usuarios (B.O.E. 24-7-84) y demás disposiciones
vigentes.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán
firmadas por las partes contratantes, a todos los
contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los
programas/oferta contenidos en el programa/folleto
y obligan a las partes con las condiciones particulares
que se pacten en el contrato o que consten en la documentación
del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción
del contrato.
2.- ORGANIZACION
La organización de este viaje combinado ha
sido realizada por la Agencia de Viajes Mayorista
3. PRECIO
3.1 El precio del Viaje Combinado incluye
1.- El transporte de ida y regreso, cuando este servicio
esté incluido en el programa /oferta contratado,
con el tipo de transporte, características
y categoría que conste en el contrato o en
la documentación que se entrega al consumidor
en el momento de suscribirlo.
2.- El alojamiento, cuando este servicio esté
incluido en el programa/oferta contratado, en el establecimiento
y con el régimen alimenticio que figura en
el contrato o en la documentación que se entrega
al consumidor en el momento de suscribirlo.
3.- Las tasas o impuestos de los establecimientos
hoteleros y los impuestos indirectos- Impuesto sobre
valor añadido (I.V.A.), Impuesto General Indirecto
Canario (I.G.I.C.), etc, cuando sean aplicables.
4.- La asistencia técnica durante el viaje,
cuando este servicio esté específicamente
incluido en el programa/oferta contratado.
5.- Todos los demás servicios y complementos
que estén específicamente incluidos
en el programa/oferta contratado o que expresamente
se haga constar en el contrato de viaje combinado.
3.2. Revisión de precios.
El precio del viaje combinado ha sido calculado en
base a los tipos de cambio, tarifas de transporte,
coste del carburante y tasas e impuestos aplicables
en la fecha de edición del programa/folleto
o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho
públicas de forma impresa.
Cualquier variación del pecio de los citados
elementos podrá dar lugar a la revisión
del precio final del viaje, tanto al alza como a la
baja, en los importes estrictos de las variaciones
de precios aludidas.
Estas modificaciones serán notificadas al consumidor,
por escrito o por cualquier medio que permita tener
constancia de la comunicación efectuada. Pudiendo,
cuando la modificación efectuada, sea significativa,
desistir del viaje, sin penalización alguna,
o aceptar la modificación del contrato. En
ningún caso, se revisará al alza de
los veinte días anteriores a
la fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes
ya realizadas.
3.3. Ofertas especiales.
Cuando se realice la contratación del viaje
combinado como consecuencia de ofertas especiales,
de última hora o equivalentes, a precio distinto
al expresado en el programa /folleto, los servicios
comprendidos en el precio son únicamente aquellos
que se especifican detalladamente en la oferta, aún
cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los
programas descritos en el folleto, siempre que dicha
remisión se realice a los excluidos efectos
de información general del destino.
3.4. Exclusiones.
3.4.1. El precio del Viaje Combinado no incluye
Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada
y salida, certificados de vacunación, "extras"
tales como cafés vinos, licores, aguas minerales,
regímenes alimenticios especiales - ni siquiera
en los supuestos de pensión completa o media
pensión, salvo que expresamente se pacte en
el contrato otra cosa- lavado y planchado de ropa,
servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier
otro servicio que no figure expresamente en el apartado
"el precio del viaje combinado incluye"
o no conste específicamente detallado en el
programa/oferta, en el contrato o en la documentación
que se entrega al consumidor al suscribirlo.
3.4.2.Excursiones o visitas facultativas
En el caso de excursiones o visitas facultativas no
contratadas en origen, debe tenerse presente que no
forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación
en el folleto tiene mero carácter informativo
y el precio está expresado con el indicativo
de "estimado" . Por ello, en el momento
de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse
variaciones
sobre sus costes, que aprecien el precio estimado.
Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas
al consumidor con sus condiciones específicas
y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose
hasta el momento de su contratación la posible
realización de las mismas.
3.4.3 Propinas
Dentro del precio de viaje combinado no están
incluidas las propinas. En el caso de los cruceros,
en el precio del viaje no está incluida una
aportación complementaria que usualmente, aunque
de forma errónea, suele denominarse propina,
cuyo importe está en función de la duración
del viaje y que tiene como único destinatario
al personal de servicio, respecto de la cual a inicio
del viaje se advierte al cliente que debe asumir el
compromiso de entregar a la finalización del
viaje.
4.FORMA DE PAGO
Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la inscripción, la Agencia podrá
requerir un anticipo que en ningún caso será
superior al 40% del importe total del viaje, expidiendo
el correspondiente recibo en el que se especifique,
además del importe anticipado por el consumidor,
el viaje combinado solicitado. El importe restante
deberá abonarse contra la entrega de los bonos
o documentación del viaje, que deberá
realizarse al menos siete días antes de la
fecha de la salida. De no proceder al pago del precio
total del viaje en las condiciones señaladas,
se entenderá que el consumidor desiste del
viaje solicitado siéndole de aplicación
las condiciones previstas en el aparatado siguiente.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier
concepto, se formalizan siempre a través de
la Agencia Detallista donde se hubiera realizado la
inscripción, no efectuándose devolución
alguna por servicios no utilizados voluntariamente
por el consumidor.
5. DESISTIMIENTO DEL CONSUMIDOR, CESIONES Y CANCELACION
DEL VIAJE por no alcanzar el número de personas
inscritas el mínimo previsto.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir
de los servicios solicitados o contratados, teniendo
derecho a la devolución de las cantidades que
hubiera abonado tanto si se trata del precio total
como el anticipo previsto en el apartado precedente,
pero deberá indemnizar a la Agencia por los
conceptos que a continuación se indican:
a) En caso de servicios sueltos: La totalidad de los
gastos de gestión, más los gastos de
anulación, si se hubieran producido estos últimos
b) En caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento
se produzca por causa de fuerza mayor:
1. Los gastos de gestión más los gastos
de anulación, si los hubiere.
2. Una penalización, consistente en el 10%
del total del viaje si el desistimiento se produce
con más de diez días y menos de quince
de antelación a la fecha de comienzo del viaje,
el 30% entre los días 3 y 10, y el 50% dentro
de las 48 horas anteriores a la salida. De no presentarse
a la hora prevista para la salida. De no presentarse
a la hora prevista para la
salida, no tendrá derecho a devolución
alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre
las partes en otro sentido. En el caso de que alguno
de los servicios contratados y anulados estuviera
sujeto a condiciones económicas especiales,
etc. los gastos de anulación por desistimiento
se establecerán de acuerdo con las condiciones
acordadas por ambas partes.
El consumidor del viaje combinado podrá ceder
su reserva a una tercera persona, solicitándolo
por escrito con quince días de antelación
a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes
pacten un plazo menor en el contrato. El cesionario
tendrá que reunir los mismos requisitos que
tenía el cedente, exigidos con carácter
general para el viaje combinado, y ambos
responderán solidariamente ante la Agencia
de Viajes del pago del precio del viaje y de los gastos
adicionales justificados de la cesión. En los
casos que el Organizador condicione y así lo
especifique expresamente, la viabilidad de la oferta
de viaje combinado a contar con un mínimo de
participantes y por no alcanzar ese número,
se produzca la anulación del viaje, el usuario
tendrá derecho exclusivamente al reembolso
del total del precio o de las cantidades anticipadas,
sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto
de indemnización, siempre y cuando la Agencia
se lo haya notificado por escrito con un mínimo
de diez días de antelación a la fecha
prevista e inicio del viaje.
6. ALTERACIONES
La Agencia de Viaje se compromete a facilitar a sus
clientes la totalidad de los servicios contratados
contenidos en el programa/oferta que ha dado origen
al contrato de viaje combinado, con las condiciones
y características estipuladas, todo ello de
acuerdo a los siguientes extremos:
a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje,
el Organizador se vea obligado a modificar de manera
significativa algún elemento esencial del contrato,
incluido el precio, deberá ponerlo inmediatamente
en conocimiento del consumidor, bien directamente,
cuando actúe también como detallista,
bien a través del respectivo detallista en
los demás casos.
b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan
otra cosa, el consumidor podrá optar entre
resolver el contrato sin penalización alguna
o aceptar una modificación del contrato sin
penalización alguna o aceptar una modificación
del contrato en el que se precisen las variaciones
introducidas y su repercusión en el precio.
El consumidor deberá comunicar la decisión
que adopte al Detallista o, en su caso, al Organizador
dentro de los tres días siguientes a ser notificado
de la modificación a que se refiere el apartado
a). En el supuesto de que el consumidor no notifique
su decisión en los términos indicados,
se entenderá que opta por la resolución
del contrato sin penalización alguna.
c) En el supuesto de que el consumidor opte por resolver
el contrato, al amparo de los previsto en el apartado
b) , o de que el Organizador cancele el viaje combinado
antes de la fecha de salida acordada, por cualquier
motivo que no le sea imputable al consumidor, éste
tendrá derecho, desde el momento en que se
produzca la resolución del contrato, al reembolso
de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo,
o bien a la realización de otro viaje combinado
de calidad equivalente o superior, siempre que el
Organizador o Detallista pueda proponérselo.
En el supuesto de que el viaje ofrecido fuera de calidad
inferior, el Organizador o el Detallista deberá
reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función
de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia
de precio, con arreglo al contrato. Este mismo derecho
corresponderá al consumidor que no obtuviese
confirmación de la reserva en los términos
estipulados en el contrato.
d) En los anteriores supuestos, el Organizador y el
Detallista serán responsables del pago al consumidor
de la indemnización que, en su caso, corresponda
por incumplimiento del contrato, que será del
5 por cien del precio total del viaje contratado,
si el citado incumplimiento se produce entre los dos
meses y quince días inmediatamente anteriores
a la fecha prevista de la realización del viaje;
el 10 por cien si se produce entre los quince días
y tres días anteriores, y el 25 por cien en
el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca
en las cuarenta y ocho horas anteriores.
e) No existirá obligación de indemnizar
en los siguientes supuestos:
1.- Cuando la cancelación se deba a que el
número de personas inscritas para el viaje
combinado sea inferior al exigido y así se
comunique por escrito al consumidor antes de la fecha
límite fijada a tal fin en el contrato.
2.- Cuando la cancelación del viaje, salvo
en los supuestos de excesos de reservas, se deba a
motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas
circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales
e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían
podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia
debida.
f) En el caso de que, después de la salida
del viaje, el Organizador no suministre o compruebe
que no puede suministrar una parte importante de los
servicios previstos en el contrato, adoptará
las soluciones adecuadas para la continuación
del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio
para el consumidor, y, en su caso, abonará
a este último el importe de la diferencia entre
las prestaciones previstas y las suministradas. Si
el consumidor continúa el viaje con las soluciones
dadas por el Organizador, se considerará que
acepta fácilmente dichas propuestas.
g) Si las soluciones adoptadas por el Organizador
fueran inviables o el consumidor no las aceptase por
motivos razonables, aquél deberá facilitar
a éste, sin suplemento alguno de precio, un
medio de transporte equivalente al utilizado en el
viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier
otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la
indemnización que en su caso proceda.
h) En caso de reclamación, el detallista o,
en su caso, el organizador deberá obrar con
diligencia para hallar soluciones adecuadas.
i) En ningún caso, todo aquello no incluido
en el contrato de viaje combinado (como, por ejemplo,
billetes de transporte desde el lugar de salida del
viaje, o viceversa, reservas de hotel en días
previos o posteriores al viaje, etc.) será
responsabilidad del Organizador, éste reembolsará
el importe del transporte alternativo y utilizado
por el cliente en el desplazamiento, previa presentación
del recibo o factura correspondiente.
7. OBLIGACION DEL CONSUMIDOR de comunicar todo incumplimiento
en la ejecución del contrato
El consumidor estará obligado a comunicar todo
incumplimiento en la ejecución del contrato
- preferentemente "sin situ" o, en otro
caso, a la mayor brevedad posible - por escrito o
en cualquier otra forma en que quede constancia, al
organizador o al detallista y en su caso, al prestador
del servicio de que se trate. En el caso de que las
soluciones arbitradas por la Agencia- Organizado o
Detallista- no sean satisfactorias para el consumidor,
éste dispondrá del plazo de un mes para
reclamar ante la Agencia detallista o el organizador,
siempre a través de aquella. La Agencia detallista
o el organizador dispondrá de cuarenta y cinco
días naturales para dar respuesta a la reclamación
planteada por el consumidor, plazo que comenzará
a contarse a partir del día siguiente a la
prestación de la reclamación ante la
Agencia Detallista.
8. PRESCRIPCION DE ACCIONES
No obstante lo dispuesto en el apartado precedente,
el plazo de prescripción de las acciones derivadas
de los derechos reconocidos en la Ley 21/95, de 6
de Julio, reguladora de los Viajes Combinados (B.O.E.
7-7-95) será de dos años, según
queda establecido en el Artículo 13 de la citada
Ley.
9. RESPONSABILIDAD
9.1. General
La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista
vendedora final del viaje combinado responderán
frente al consumidor, en función de las obligaciones
que las correspondan por su ámbito respectivo
de gestión del viaje combinado, del correcto
cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato,
con independencia de que éstas las deban ejecutar
ellos mismos u
otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del
derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar
contra dichos prestadores de servicios. El Organizador
manifiesta que asume las funciones de organización
y ejecución del viaje . Los Organizadores y
los Detallistas de viajes combinados responderán
de los daños sufridos por el consumidor como
consecuencia de la no ejecución deficiente
del contrato. Dicha responsabilidad cesará
cuando concurra alguna de las
siguientes circunstancias:
1.- Que los defectos observados en la ejecución
del contrato sean imputables al consumidor.
2.- Que dichos defectos sean imputables a un tercero
ajeno al suministro de las prestaciones previstas
en el contrato y revistan un carácter imprevisible
o insuperable.
3.- Que los defectos aludidos se deban a motivos de
fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias
ajenas a quien la invoca, anormales e imprevisibles
cuyas consecuencias no habrían podido evitarse,
a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4.- Que los defectos se deban a un acontecimiento
que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a
pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria,
no podía prever ni superar. No obstante, en
los supuestos de exclusión de responsabilidad
por
darse alguna de las circunstancias previstas en los
números 2,3 y 4 el organizador y el detallista
que sean partes en el contrato de viaje combinado
estarán obligados a prestar la necesaria asistencia
al consumidor que se encuentre en dificultades.
9.2. Límites del resarcimiento por daños
En cuanto al límite del resarcimiento por los
daños que resulten del incumplimiento o de
la mala ejecución de las prestaciones incluidas
en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto
en los Convenios Internacionales sobre la materia.
10. DELIMITACION DE LOS SERVICIOS DEL VIAJE COMBINADO
10.1. Viajes en avión. Prestación en
el Aeropuerto
En los viajes en avión, la prestación
en el aeropuerto se efectuará con un mínimo
de antelación de hora y media sobre el horario
oficial de salida, y en todo caso se seguirá
estrictamente las recomendaciones específicas
que indique la documentación del viaje facilitada
al suscribir el contrato. En la contratación
de servicios sueltos, se recomienda que el
cliente reconfirme con cuarenta y cinco días
de antelación los horarios de salida de los
vuelos.
10.2. Hoteles
10.2.1. General
La calidad y contenido de los servicios prestados
por el hotel vendrá determinado por la categoría
turística oficial, si la hubiere, asignada
por el órgano competente de su país.
Dada la vigente legislación al respecto, que
establece sólo la
existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo
que en algunas de estas últimas pueda habilitarse
una tercera cama, se estimará siempre que la
utilización de la tercera cama se hace con
el conocimiento y consentimiento de las personas que
ocupan la habitación. Esta tácita estimación
deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos
previamente, así como de figurar reflejada
la habitación como triple en todos los impresos
facilitados al consumidor al abonar el anticipo, en
el contrato y los billetes y/o documentación
del viaje que se entrega simultáneamente a
la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones
dobles para uso de hasta cuatro personas, con cuatro
camas, cuando así se especifique en la oferta
del programa/folleto. El horario habitual para la
entrada y salida en los hoteles está en función
del primer y último servicio que el usuario
vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente
se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones
podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas
del día de llegada y y deberán quedar
libres antes de las 10 horas del día de salida.
Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento
permanente del guía y en el supuesto de que
el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento
reservado en fechas u horas distintas a las señaladas,
es
> conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones,
comunicar con la mayor brevedad posible al circunstancia
a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apartamentos
directamente, según los casos. Igualmente debe
consultar a la Agencia, en el momento de hacer la
reserva, la posibilidad de llevar animales que generalmente
no son admitidos en los hoteles y apartamentos . En
el supuesto de haber confirmado la admisión
de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia
deberá hacerse constar en el contrato. El servicio
de alojamiento implicará que la habitación
esté disponible
en la noche correspondiente, entendiéndose
prestado con independencia de que, por circunstancias
propias del viaje combinado, el horario de entrada
en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente
previsto.
10.2.2. Otros servicios
En los vuelos cuya llegada al punto de destino se
realice después de las 12:00 horas, el primer
servicio del hotel, cuando esté incluido en
la oferta del programa/folleto, será la cena
Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de
destino se
realice después de las 19:00 horas, el primer
servicio del hotel será el alojamiento. Se
entenderá siempre como trayecto directo aéreo
directo aquel cuyo soporte documental sea un solo
cupón de vuelo, con independencia de que el
vuelo realice alguna parada técnica.
10.2.3. Servicios Suplementarios
Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios
(por ejemplo habitación vista al mar, etc.)
que no les puedan ser confirmados definitivamente
por la Agencia Organizadora, el usuario podrá
optar por desistir definitivamente del servicio suplementario
solicitado o mantener su solicitud a la espera de
que tales servicios puedan finalmente serle prestados.
En el supuesto que las partes hubieran convenido el
pago previo del precio de los servicios suplementarios
que finalmente no le puedan ser prestados, el importe
abonado le será reembolsado por la Agencia
detallista inmediatamente al desistimiento del servicio
por parte del consumidor o al regreso del viaje, según
el usuario haya optado por el desistimiento en la
prestación del servicio suplementario solicitado
o haya mantenido la solicitud.
10.3. Apartamentos
Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente
responsable de hacer la declaración correcta
del número de personas que ha de ocupar el
apartamento, sin omitir los niños cualquiera
que sea su edad. Se advierte que la administración
de los apartamentos pude legalmente negarse a admitir
la entrada de aquellas personas no declaradas, no
habiendo lugar o reclamación alguna por esta
causa. En algunos casos hay posibilidad de habilitar
cama/s supletoria/s o cunas, que deberán ser
solicitadas por los clientes antes de perfeccionarse
el contrato, y que salvo expresa mención en
contrario, no estarán
incluidas en el precio publicado del apartamento.
10.4. Condiciones económicas especiales para
niños
Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los
niños, dependiendo de su edad, del proveedor
de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda
consultar siempre al alcance de las condiciones especiales
que existan y que en cada momento serán objeto
de información concreta y detallada y se recogerá
en el contrato o en la documentación del viaje
que se entregue en el momento de su firma. En general,
en cuanto al alojamiento, serán aplicables
siempre que el niño comparta la habitación
con dos adultos. En lo referente a estancias de menores
se estará a la información facilitada
puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar
en el contrato o en la documentación del viaje
que se entregue al suscribirlo.
11. PASAPORTE, VISADOS Y DOCUMENTACION
Todos los usuarios, sin excepción (niños
incluidos), deberán llevar en regla su documentación
personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte
o DNI, según las leyes del país o países
que se visitan. Será por cuenta de los mismos,
cuando los viajes así lo requieran, la obtención
de visados, pasaportes certificados de vacunación,
etc. Caso de ser rechazado por alguna Autoridad la
concesión de visados, por causas particulares
del usuario, o ser denegada su entrada en el país
por carecer de los requisitos que se exigen, o por
defecto en la documentación exigida, o por
no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora
declina toda responsabilidad por hechos de esta índole,
siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que
se origine, aplicándose en estas circunstancias
las condiciones y normas establecidas para los supuestos
de anulación o disentimiento voluntario de
los servicios. Se recuerda igualmente a todos los
usuarios y en especial a los que posean nacionalidad
distinta a la española que deben asegurarse,
antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas
las normas y requisitos aplicables en materia de visados
a fin de poder entrar sin problemas en todos los países
que vayan a visitarse, los menores de 18 años
deben de llevar un permiso escrito firmado por sus
padres o tutores en previsión de que el mismo
pueda ser solicitado por cualquier autoridad.
12. INFORMACION QUE LA AGENCIA DETALLISTA DEBE FACILITAR
AL CONSUMIDOR
Se informa al consumidor que en el momento de la formalización
del contrato deberá recibir de la Agencia Detallista
la información pertinente sobre la documentación
específica necesaria para el viaje elegido,
así como asesoramiento sobre la suscripción
facultativa de un seguro que la cubra de los gastos
de cancelación y/o de un seguro de asistencia
que cubra los
> gastos de repatriación en caso de accidente,
enfermedad o fallecimiento; e información de
los riesgos probables implícitos al destino
y al viaje contratado, en cumplimiento de la Ley General
de Defensa de Consumidores y Usuarios.
NOTA
DE LA AGENCIA
EL
PRESUPUESTO NO TIENE COMPROMISO DE RESERVA Y ESTA
SUJETO A DISPONIBILIDAD DE PLAZAS HOTELERAS, EN LOS
CRUCEROS Y AVIONES. ESTA COTIZADO EN BASE A LAS DEMANDAS
ACTUALES DEL MERCADO Y CUALQUIER VARIACIÓN
EN LA MISMA PODRIA REPERCUTIR EN EL PRECIO FINAL DEL
MISMO. ( SUBIDAS DE COMBUSTIBLE, TASAS AEREAS O SERVICIOS
DE ALOJAMIENTO ), LA RESERVA SE CONSIDERARA EN FIRME,
UNA VEZ REALIZADA LA RESERVA EN FIRME Y TRANSCURRIDAS
72 HORAS EN LAS CUALES RECIBIREMOS CONFIRMACIÓN
DE LOS MISMO. LAS CANCELACIONES DE ALGUNO DE LOS PARTICIPANTES
CONLLEVARA LOS RESPECTIVOS GASTOS DE CANCELACIÓN
INSCRITOS EN EL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO CON LAS
CLAUSULAR CORRESPONDIENTES POR TRATARSE DE UN VIAJE
A MEDIDA Y CON SERVICIOS ESPECIALES ( CRUCERO POR
EL MAR ROJO ), LOS CAMBIOS DE NOMBRE SERAN PERMITIDOS
SIN GASTOS ALGUNO SIEMPRE Y CUANDO SE REALICEN CON
MAS DE 21 DIAS SOBRE LA FECHA DE SALIDA. EL PROGRAMA
DE EXCURSIONES PODRA SER CAMBIADO POR NUESTROS REPRESENTANTES
SIEMPRE POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR, REALIZÁNDOSE
EN DISTINTO ORDEN. LA AGENCIA DECLINA TODA RESPONSABILIDAD
SOBRE LOS PASAJEROS QUE NO SE PRESENTEN AL VUELO CON
LAS DOCUMENTACIONES EN VIGOR AL IGUAL QUE LAS PERSONAS
QUE REALICEN UN “ NO SHOW “, SIENDO ESTAS CUESTIONES
RESPONSABILIDAD UNICA DEL CONTRATANTE.